Última actualización: 14/07/2026
INGRESO A PRIMER CURSO
Inscripción: Del 6 al 26 de mayo 2026
Convocatoria extraordinaria: Inscripción: del 14 al 27 de julio 2026 * deberán presentarse * Telemáticamente (Flauta Travesera, Oboe, Clarinete, Fagot, Trompa, Trompeta, Trombón, Tuba, Percusión, Guitarra, Arpa, Canto, Viola, Violonchelo, Contrabajo)
- Presencialmente: Aportar los documentos de solicitud que procedan y abono de la tasa en efectivo o tarjeta.
- * Telemáticamente: Enviar los documentos de solicitud y el justificante de pago de la tasa a secretaria@calasanciocastello.es
(ingreso/transferencia en C/C: BANKINTER ES50 0128 0362 52 0100031566 haciendo constar en el concepto «Prueba de acceso» y «Nombre del aspirante»)
Tasa: 28€ (general) | -50% / exención (ver casos al final de la página*)
Realización: 17 de junio de 2026, 16:30 h
Realización convocatoria extraordinaria: 2 de septiembre 2026, 17:00 h
Adjudicación de vacantes y elección de horarios: 3 de septiembre de 2026
Descripción: Las enseñanzas elementales de Música se cursarán ordinariamente entre los ocho y los doce años, cumplidos en el año natural de inicio y de finalización, respectivamente, de las enseñanzas. El inicio de las enseñanzas elementales con menos de ocho años o más de doce se entenderá como excepcional. Para la inscripción a dichas pruebas deberá presentarse el modelo de solicitud cumplimentado en la Secretaría del Centro y abonar la tasa (o acreditar la condición de gratuidad). Para la realización de la prueba, que tendrá una duración aproximada de 60 minutos, los alumnos deberán traer bolígrafo.
Documentación:
- Solicitud ordinaria de acceso

- Documentación acreditativa de necesidades específicas de soporte educativo para adaptación procedimental de la prueba.
- Documentación acreditativa de altas capacidades o precocidad para la realización de la prueba fuera de la edad ordinaria. (Autorización previa siguiendo este trámite)
- Contenido y desarrollo de la prueba
Listado de aspirantes: «PROVISIONAL»
Listado de aspirantes convocatoria extraordinaria: «PRÓXIMAMENTE»
Vacantes Curso 2026-27: «PRÓXIMAMENTE»
Resultados pruebas convocatoria ordinaria: «PROVISIONAL»
Orden e instrucciones de matrícula convocatoria ordinaria: «PROVISONAL»
ACCESO A 2º, 3º o 4º CURSO
Inscripción: Del 6 al 26 de mayo 2026
Convocatoria extraordinaria: Inscripción: del 14 al 27 de julio 2026 * deberán presentarse * Telemáticamente (Flauta Travesera, Oboe, Clarinete, Fagot, Trompa, Trompeta, Trombón, Tuba, Percusión, Guitarra, Arpa, Canto, Viola, Violonchelo, Contrabajo)
- Presencialmente: Aportar los documentos de solicitud que procedan y abono de la tasa en efectivo o tarjeta.
- * Telemáticamente: Enviar los documentos de solicitud y el justificante de pago de la tasa a secretaria@calasanciocastello.es
(ingreso en C/C: BANKINTER ES50 0128 0362 52 0100031566 haciendo constar en el concepto «Prueba de acceso» y «Nombre del aspirante»)
Tasa: 28€ (general) | -50% / exención (ver casos al final de la página*)
Realización: miércoles 17 de junio de 2026, 16:30h
Realización convocatoria extraordinaria: 2 de septiembre 2026, 17:00 h
Adjudicación de vacantes y elección de horarios: 3 de septiembre de 2026.
Descripción: Las pruebas específicas de acceso a segundo, tercer y cuarto curso de las enseñanzas elementales de todas las especialidades instrumentales de música se realizarán de acuerdo al currículo del curso precedente al que el aspirante opte y constarán de lectura a primera vista de un fragmento adecuado al instrumento, prueba de capacidad auditiva y de conocimientos teórico-prácticos del lenguaje musical e interpretación de una obra, estudio o fragmento elegido por el tribunal, de entre una lista de tres que presentará el alumno o alumna. Para la inscripción a dichas pruebas deberá presentarse el modelo de solicitud cumplimentado en la Secretaría del Centro y abonar en efectivo o tarjeta de crédito/débito la tasa (o acreditar la condición de gratuidad). Para la realización de la prueba, que tendrá una duración aproximada de 90 minutos, los alumnos deberán traer lápiz, goma, bolígrafoy su instrumento y/o accesorios que necesiten para realizar la prueba.
Documentación:
- Solicitud ordinaria de acceso
- Documentación acreditativa de altas capacidades o precocidad para la realización de la prueba fuera de la edad ordinaria. (Autorización previa siguiendo este trámite)
- Documentación acreditativa de necesidades específicas de soporte educativo para adaptación procedimental de la prueba.
- Listado orientativo de obras/estudios (prueba de instrumento)
- Contenido y desarrollo de la prueba de lenguaje musical
Listado de aspirantes: «PROVISIONAL»
Listado de aspirantes convocatoria extraordinaria: «PRÓXIMAMENTE»
Vacantes Curso 2025-26: «PRÓXIMAMENTE»
Resultados pruebas convocatoria ordinaria: «PROVISIONAL»
Orden e instrucciones de matrícula convocatoria ordinaria: «PROVISIONAL»
NORMATIVA Y JUSTIFICACIÓN DOCUMENTAL
- Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación -Artículos 45 a 50- (BOE 04/05/2006)
- Decreto 159/2007 de 21 de septiembre del Consell, por el que se establece el currículo de las enseñanzas elementales de música y se regula el acceso a estas enseñanzas (DOCV 25/09/2007)
- Orden 8/2026, de 24 de abril de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades, por la que se regula la admisión, el acceso y la matrícula, así como los aspectos de ordenación general, para el alumnado que curse las enseñanzas elementales y profesionales de Música y Danza en la Comunitat Valenciana (DOCV 29/04/2026)
*Tasas 2026:
Podrán disponer de una bonificación del 50%, debiendo aportar la documentación justificativa, los siguientes casos
a) Personas con una discapacidad igual o superior al 33%.
b) Miembros de familias monoparentales de categoría general.
c) Beneficiarios de familia numerosa de categoría general.
Podrán disponer de exención total del pago de tasas, debiendo aportar la documentación justificativa, los siguientes casos:
a) Beneficiarios de familia numerosa de categoría especial.
b) Miembros de familias monoparentales de categoría especial
b) Las personas a que hayan sido víctimas de violencia de género (a la amparo de la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre) y víctimas de actos contra la mujer (Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat).
c) Las personas, o hijos, que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de actos terroristas (conforme al artículo 38 de la Ley 29/2011 de 22 de septiembre).

